¿Tengo que devolver el dinero de un contrato de arras?
Estoy vendiendo una vivienda y el pasado 18 de septiembre firmé un contrato de arras con una inmobiliaria. En dicho contrato, se establecía que de no concederse la hipoteca en 15 días había que hacer la devolución de las arras. Efectivamente no se concedió la hipoteca a los supuestos compradores pregunté por esta claúsula y me dieron largas diciéndome que se les iba a conceder la hipoteca y que no me preocupara. Pero, han pasado las semanas y ni se ha concedido la hipoteca (puesto que necesitan el 100% más gastos), ni se ha tasado la vivienda y se me ofreció una sobreescrituración como única forma de realizar la operación (de hecho tengo los dos contratos de arras, el que firmé y el que me mandaron a posteriori para que lo firmara y tratar de sacar adelante la operación). El contrato tenía una vigencia de 45 días que expiran el día 2 de noviembre. ¿Si ni siquiera se ha tasado la vivienda se tienen que devolver las arras? ¿Me tienen que presentar algún certificado del banco que confirme que se ha denegado la hipoteca o si se dieron las arras sabiendo que ningún banco va a conceder esa financiación y que la operación era inviable se tienen que devolver?