Una modificación que hagan en mi comunidad que no es necesaria tengo que pagar obligatoriamente o puedo negarme

En mi comunidad quieren cerrar la parte delantera de la entrada, es algo innecesario pero se excusan diciendo que es para evitar de un problema a una vecina, esta se queja del ruido que hace al abrir la cancela para entrar al aparcamiento, el bloque tiene 38 años y siempre estuvo esa puerta ahí, los distintos inquilinos que han vivido jamas se quejaron de eso, se le propuso cambiar la puerta al otro lado y se buscaron presupuestos uno acorde( 2400€), pues en estos meses estamos haciendo un gasto bastante grande para poner el ascensor y otro gasto innecesario ahora no queremos algunos, pero ella quiere el presupuesto más caro( 4300€) y por eso deciden que por un poco más(que es casi el doble 9200€) hacer el cerramiento del bloque y quitar la cancela, puedo negarme a pagar y que no me puedan obligar en un juzgado,¿? El presupuesto pasa mis tres cuotas de comunidad con creces.

2 respuestas

Respuesta
3

Dice usted que "esa vecina quiere el presupuesto más caro". Pero no es ella la que lo decide. Si se aprueba el más caro, será porque encuentra apoyos suficientes entre el resto de los propietarios.

Como usted bien adelanta, si se trata de una mejora no necesaria y el coste supera el equivalente a 3 cuotas ordinarias de gastos comunes, los vecinos que hayan votado en contra no pueden ser obligados a pagar. Ahora bien, si lo que usted quiere es que le garanticemos que, si el asunto llega al juzgado, va a ser imposible que la puedan obligar a pagar... me temo que eso no se lo puede garantizar nadie.

Respuesta
1

Pero hay que tener en cuentas que sl no ser una obra necesaria esta incluida en el art. 17.4 el cual indica que se tiene que aprobsr en junta con lis 3/5 presentes de los propietarios, cosas bastante imposible, adermas el art. 17.4 no admite el voto de lis ausentes,

Usted deberá impugnar si se acuerda sin conseguir los 3/5

Somos 16 vecinos en el bloque, eramos nueve y dice que tenia un papel de un vecino que no podía venir, ¿las 3/5 partes serian 10? ¿U once? Además en la orden del día se iba a hablar del cambio de puerta de sitio y no del cerramiento, se trato algo que no venia en la convocatoria para la reunión.

Los 3/5 de 16 son 10 

El art 17.4 dice en su caso, que como son 16 propietarios, cuando se vota esa obra es necesario que 10 propietarios en la junta voten que si a la obra, y que los que no fueron, no puede votar después.

Con esta votación la comunidad da permiso para que se realice la obra, y dice que si esa obra a usted le va a costar más de tres mendualidades, usted no esta obligada a contribuir.

De entrada como eran 10 y usted votaría no, aunque el resto votase si, la obra no se puede realizar

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas