Me pueden obligar a cerrar un balcon

En mi comunidad compuesta por 12 vecinos, quieren arreglar la fachada y han decido que de paso quitar las barandillas de los balcones y sustituirlas por un muro. La vecina de 4 ya le venia de obra en el balcon este muro y la vecina del primero hace unos años que sustituyo la barandilla por el muro, por lo tanto quedamos la del 2 y yo. Al principio la 2 no queria pero que se lo ha pensado mejor y ahora si quiere. Yo les digo que si quieren que levante el muro, pero yo no lo voy hacer. Me dicen que me pueden obligar. ¿Me pueden obligar a levantarlo aunque yo quiera?.

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Art. 17.4 si se cumple lo expuesto en dicho art. si estará obligada.

Debe tener en cuenta lo siguiente.

1º el importe a abonar por usted no puede superar tres meses de cuota

2º se necesitan 3/5 de votos positivos en una junta, pero debe tener en cuenta que deberan de ser los 3/5 de todos los propietarios y en segunda convocatoria, resumiendo 8 propietarios en la junta deben votar que si al cambio, los ausentes no pueden emitir su voto, según lo expuesto en el art. 17.8

art. 17.4

  1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.

¡Gracias! 

Sabella dice: si usted no lo quiere cerrar no lo cierre ! Nadie manda en usted y si alguien le dice algo sea fuerte y dígale de mi parte que ellos no mandan, que solo un Juez puede obligate!

Supongo que usted afirma esto porque desconoce la LPH, pero aquí se expuesto el art. Que contradice su afirmación, la cual es muy arriesgada aconsejar.

Cuando una persona expone una pregunta, cuando se responde es necesario hacerll de forma cerebral, no visceral, lo cual quiere decir que habrá que responder con lo que indica la ley, no con la opinión de uno.

No soy yo solo quien indica que seria obligatorio, también lo indica dos personas más

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¿Simplemente por estética hacértelo cerrar? Hay unas obligaciones ineludibles como pagar la comunidad, y la conservación del edificio, ahora bien, si usted se fija en los edificios cada uno esta de su manera, por eso se le llama feismo, si usted no lo quiere cerrar no lo cierre ! Nadie manda en usted y si alguien le dice algo sea fuerte y dígale de mi parte que ellos no mandan, que solo un Juez puede obligate! Cosa que no sucederá porque ellos cerraron sin permiso y usted tiene el piso en estado primitivo, osea como lo compro Dr obra !

Es más si usted se opone a la obra no la podrán llevar a cabo simplemente con un burofax con su negativa ya que seguro supera las tres cuotas mensuales! Fíjense bien en el contrato de obra que no tenga salvedades, y que sea ajustado !

¡Gracias! 

No permito que nadie de los expertos se metan en mis respuestas, yo con las respuesta de ellos no me, meto, de obras y comunidades se un rato largo, y màs de obras para embellecer fachadas !

Lorenzo Ayuso Dresde ! Mire no me ponga en, entredicho mis respuestas ! Una vez más y lo bloqueo .La ley de propiedad Horizontal seguro que la sè mejor que usted, no tengo que hacer lo que mis vecinos se le antoje, si que tengo la oblgacion de consenvar el buen estado del edificio ! Si esta persona no quiere cerrar su balcón no lo cierra. Y es más la obra no puede costar más de tres mensualidades, cuando se hace una obra de esta índole con solo una persona que diga no, ya no hay obra por tanto ! Y si lo digo es con conocimiento de causa, Si se cumplieran las leyes cuantas galerías se quitarían, para eso esta el Juez !

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La configuración estética de la fachada del edificio es un elemento común. Por tanto, sí que pueden obligarle a realizar ese muro.

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El asunto se resume en una simple pregunta "en qué parte de la ley se establece que yo tengo que sacar plata de mis bolsillos para acatar un acuerdo de la comunidad" y el otro asunto que se tiene que tener en cuenta es que es parte de una fachada que fue modificada sin consenso de la misma comunidad

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Como elemento común si pueden obligarla.

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