¿Qué quiere decir "sustitución fideicomisaria de residuo con disposición ilimitada?
Pone en el testamento:
Ordena sustitución vulgar y fideicomisaria de residuo en favor de sus hermanas JUANA y MARÍA, y en su defecto a favor de los sobrinos existentes a la fecha de fallecimiento, hijos de sus hermanas JUANA y MARÍA, por estirpes quienes recibirán, los bienes hereditarios de los que PEPE Y LOLA no hayan dispuesto.
PEPE y LOLA podrán disponer de los bienes fideicomitidos por actos entre vivos a titulo oneroso o gratuito sin limitación alguna.
Los herederos fideicomisarios estarán a su vez sustituidos vulgarmente por sus respectivos descendientes y en su defecto tendrá lugar el derecho de acrecer entre ellos.
Mi pregunta viene porque en la aceptación de herencia no han puesto nada,,, dicen que como PEPE y LOLA están vivos (todos están vivos) no es necesario...¿Es así?
Esta clausula no quiere decir que si mueren PEPE Y LOLA y tienen 2/4 de un piso (JUANA Y MARÍA tienen otros 2/4,,,) ¿Esos 2/4 pasarían a JUANA Y MARÍA o sobrinos?