Contrato de compra-venta y herencia. ¿Hay caso?
Un familiar directo vende una propiedad, este en régimen de usufructuario y su mujer como propietaria nuda. ( Por medio de poder notarial que la señora da a este familiar que vende).
El comprador no entrega dinero alguno. No se hace entrega de la cuantía de la propiedad establecida en el contrato de compra-venta por parte del comprador.
Familiar ya fallecido, y su mujer ¨desaparecida¨, era extranjera y supuestamente volvió a su país sin reclamar ni denunciar.
¿Podemos los herederos legítimos de la persona fallecida reclamar la parte del usufructo vendido que no se le entregó en vida? Puesto que sólo era suyo el usufructo y la propiedad de su señora ¨desaparecida¨ de la que no se es heredero ni familiar.
¿Se puede reclamar el pago integro que no se satisfizo? Reclamar sólo la parte del usufructo que el familiar, del que si somos herederos, ¿vendió en vida?
Nos dicen que sólo se puede reclamar la parte de usufructo, porque el resto pertenece a la señora, otros dicen que se reclama la cantidad integra, uno por ser herederos legítimos del que vendió, dos, puesto que el juez no se dedica a hacer particiones, que o admite pago integro, y que luego los implicados se entiendan, o la negaran, pero no admitirán fracciones!?
¿
¿Cuantía integra?
¿Parte sólo de usufructo?
¿Nada?