Anulación de un acta aceptada por unanimidad.

He comprado una planta baja en una comunidad donde han estado los 10 pisos sin habilitar y en propiedad del banco durante 8 años. Desde Julio y hasta Noviembre se han vendido todos y en la primera reunión que tuvimos (que para todos era la primera excepto para el banco) el administrador hizo constancia que las plantas bajas (2) no pagaban gastos comunes de limpieza de escalera ni de ascensor puesto que las plantas bajas tienen entradas independientes y personales y no tienen acceso a la entrada y portal de la comunidad.

En los estatutos realmente no hace diferencias de pagos de los gastos entre unos pisos y otros y aunque incluso mi vecino y yo entramos a nuestras viviendas por la calle paralela a la entrada del resto de propietarios, puesto que por donde entran todos los demás nosotros no tenemos acceso para llegar a nuestras viviendas, por lógico sería no pagar esos gastos, pero realmente en los estatutos no lo especifica, pone gastos comunes según el coeficiente.

El problema es que el resto de vecinos no está por la labor de que nosotros estemos exentos de pagar esos gastos aunque realmente nosotros no utilizamos, pero al comunicar el administrador en la reunión que no debíamos de pagar esos gastos en concreto, al ser todos nuevos en la finca y al ser la primera reunión que tuvimos, digamos que accedieron a regañadientes a que no pagásemos.

La cuestión es que ahora la mayoría quiere cambiar ya al administrador y por supuesto van a exigir que mi vecino y yo paguemos por igual todo.

La pregunta es: Hay un acta desde hace ya unos años con los anteriores propietarios (el banco, presidente y administrador) donde se acuerda internamente que las plantas bajas no pagan por igual puesto que no tienen acceso a la escalera común. Gastos de limpieza y de ascensor no obligados a pagarlos pero si la luz y el agua y resto de gastos.

¿Tienen el resto de vecinos la obligación de respetar ese acta? ¿O realmente pueden conseguir anular ese acuerdo? Porque si intentan cambiar ese acuerdo, las plantas bajas salimos perjudicadas, pero no se hasta que punto podrían cambiarla o no.

2 respuestas

Respuesta
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Primero; vayan al registro y soliciten escritura de obra nueva, ahí figurara a que gastos tienen que contribuir, que estoy seguro que gigurara que están exentos

¿Quién acordó que no pagasen? ¿Se aprobó en junta? ¿Con cuántos votos se aprobó?

Pues las malas noticias es que en los Estatutos consta para todos el pago de zonas comunes según el coeficiente de cada vivienda, no especifica ninguna distinción de zonas.

Por eso, en las primeras asambleas y con solo dos viviendas vendidas, se acordó  entre los propietarios de esas dos viviendas, el presidente, administrador y persona representante de las demás viviendas un acuerdo constando en Acta, donde refleja que las plantas bajas estarán exentas de pago de gastos de limpieza y gastos de ascensor.

Mi pregunta es si con todas las viviendas ya vendidas, ese Acta acordada hace ya 6 años se puede anular por interés de los nuevos propietarios, teniendo en cuenta que las plantas bajas seremos perjudicadas.

la escritura de obra nueva es la misma que la de la división horizontal?

Normalmente se describe escritura de obra nuevs y división horizontal, y lo wue ponga ahí es lo que vsle.

Los estatutos si no están pasados por el registro no afectan a futuros propietarios dado que no lo firmaron.

¿Ha ido ya al registro?

Si, fui al Registro y en Estatutos no pone nada de que las viviendas de la planta baja estemos exentas de ningún gasto. No pone nada, lo que si pone es que las viviendas de la planta baja tenemos el mismo coeficiente que las del primer piso, segundo y tercero.

Esta semana iré a la Notaria para que me faciliten una copia simple de la Escritura de División Horizontal de la Finca, para ver si ahí constara algún datos mas, pero creo que ya no tenemos nada que hacer, no?

En el registro tienen la escritura de división horizontal

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Lo que vale es lo que diga el documento de condominio en cuanto a porcentajes de participación en los gastos de la comunidad. Lo que pueda decir el administrador es irrelevante, si lo contradice.

La cuestión es que hay un acta aprobada con la votación de todos los vecinos en 2012 donde excluían a los bajos a pagar gastos de ascensor y de limpieza. Y ahora con todos los nuevos vecinos la podrían dar por concluida, mala, anular, impugnar, no se que palabra se utiliza. Pueden hacerlo? Pueden hacer que esa Acta quede sin validez? 

Asumo que el documento de condominio establece unos porcentajes de participación que incluye a todos (pisos y bajos por un igual y de acuerdo a las superficies). Que posteriormente, en una asamblea, se aprobó que estos porcentajes variaban pues los bajos quedaban excluidos de pagar por los gastos de ascensor y limpieza. Si es así, en una nueva asamblea, igual que lo excluyeron pueden incluirlo de nuevo.

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