¿Donación entre hermanos, aplicación de bonificación?

Una amiga, junto a sus tres hermanos, va a renunciar a la herencia de su madre ya prescrita en favor de un hermano con una minusvalía del 33% psíquica. El valor sería aproximadamente unos 40.000 euros en la Comunidad Valenciana. ¿Tiene algún tipo de bonificación a la hora de tributar o está exento?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto. Estas cuestiones son complejas.

Cuando se renuncia a una herencia no se hace a favor de nadie... Si todos los herederos (menos uno) renuncian, se mejora a este que no ha renunciado. Si como indica la herencia esta prescrita, ha de hacerse antes de la adjudicación y no tendrá que tributar por la adjudicación.

Si ya aceptaron la herencia, ahora seria una donación y tendrían que tributar por ello, pero el calculo de este impuesto es complejo, aunque efectivamente hay bonificaciones para ciertas donaciones, hay que estudiar si son posible su aplicación en función del parentesco, patrimonios pre-existentes, grado de minusvalía, etc... y en cualquier caso ha de hacerse todo en documento publico (notaria).

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