Herencia de nuda propiedad para los hijos y usufructo para la madre
Mi suegro falleció el pasado año, dejando dos viviendas, una cuenta de valores- acciones- y una cuenta bancaria adjudicando estos bienes en usufructo para su esposa y nuda propiedad para sus cuatro hijas.
La usufructuaria ha aperturado una cuenta a la vista en un banco a su nombre y autorizando a sólo dos de sus hijas, a donde va traspasando, poco a poco, el saldo de la cuenta en la que tiene el usufructo.
Con el fin de defender su derecho de nuda propiedad, las dos hijas, a las que han apartado de todos estos movimientos, quieren solicitar al Banco depositario de la cuenta heredada que abra una cuenta por la parte que le corresponde a cada una, eso sí, dejando el usufructo a su madre.
El Banco se niega a ello, ya que argumenta que tienen que solicitarlo así todos los herederos, sin entrar a valorar si el saldo de la cuenta heredada va disminuyendo; añadiendo que la usufructuaria, como era cotitular de la cuenta, puede disponer libremente de todo el capital, sin limitación alguna.
Entiendo que al ser dinero- euros- el contenido de la cuenta, deberá ser posible obligar al banco a que respete el deseo de uno de los herederos, sin tener que obtener la autorización del resto con los que no tienen comunicación alguna, ya que es perfectamente divisible en los porcentajes dictados en la herencia.
Explicando todo lo, en el deseo de un heredero a que su derecho a disponer de la propiedad, no de su uso, no se vea perjudicado por la desaparición del importe que por derecho le corresponde.