¿Puedo llevarme unos aires acondicionados de split que yo he pagado de un local en alquiler?
Tengo una academia y llevo 5 años del alquiler en una entreplanta. En mayo se cumple el contrato de arrendamiento y nos vamos por traslado a otro local. Hace dos años, de acuerdo con el propietario, instalamos 4 splits. El acuerdo fue que el propietario pagaba dos, y nosotros otros dos. Así fue, él pagó los 4 y después nos facturó a nosotros los otros dos. Ahora dice que no nos podemos llevar dos aires que nosotros pagamos porque eso se queda de mejora en el local. ¿Es eso así? Yo entiendo que la obra que haya hecho, evidentemente, se queda en el local como mejora, pero las puertas que yo he puesto y he pagado (porque no había), así como otras cosas serían mías y me las podría llevar, ¿no? Aparte de eso, le hemos pedido al propietario si nos pudiese dar un mes más para poder terminar la obra que vamos a hacer en el nuevo local. Para darnos ese mes, nos quiere incluir una cláusula en la que les cedo los aires, y me comprometo a dejarlos como mejora. Eso me lleva a pensar que no es legal que ellos se quieran quedar con esos aires.
En el contrato de arrendamiento, referente a eso, sólo hay una cláusula que dice que cualquier obra que se haga tiene que ser con el consentimiento del propietario, y que esa obra se queda como mejora del local.
Entiendo que las duda sería entonces qué se entiende por obra. Yo unos splits no los entiendo como obra. De hecho, no lo hubiese comunicado al propietario si no hubiese sido por el acuerdo de que él pagase dos. Es más, hay otros dos splits que eran míos personales y también los instalamos. ¿Es qué los que son también míos también los tengo que dejar? ¿Y las puertas, tampoco serían mías entonces?