Duda IRPF incapacidad parcial y honorario abogados

Mi pareja va a recibir una Incapacidad Parcial de 30.000 euros por parte de la mutua por accidente laboral. Sus abogados se quedan el 15% de cada operación.

Hemos leído que de 30.000€ se paga a Hacienda el 30%. ¿La duda es si quedándose el abogado el 15% de los 30.000 también tributará los 30.000 o sólo deberá tributar la parte que le queda limpia después de que cobre su abogado?

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En primer lugar, tiene que ver, si esa incapacidad le otorga alguna minusvalía igual o superior al 33%, eso lo evalúa la consejería de sanidad autonómica. Le vendrá bien en su declaración de Renta.

Por otro lado, deberá de ver si es una renta exenta o no de tributar en IRPF conforme al art. 7 de la ley de IRPF

Adicionalmente, tendrá que ver si la mutua le ha sometido a retención o no la renta obtenida, para ver si realmente la ha considerado como renta del trabajo, y en su caso si ha aplicado la reducción por irregularidad.

Finalmente, si realmente se trata de una ganancia patrimonial, tributaría por la diferencia entre ingresos y gastos a los tipos de 19-21-23% según la escala en la que se encuentre el importe neto de indemnización obtenida.

Por lo tanto, mejor será que consulte con un profesional que le asesore debidamente, con toda la información disponible que sea necesaria para que se califique correctamente su renta y a partir de aquí, ver la tributación correcta que le corresponde.

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