Taller de gimnasia en Asociación

En una Asociación de Vecinos se ha requerido los servicios de una monitora de gimnasia para impartir un taller hasta el mes de junio. Ella se encarga de cobrar personalmente las mensualidades a los socios, sin que la Asociación tenga relación contractual con dicha monitora, ni recoja las mensualidades a los socios, tan sólo cede sus instalaciones, instalaciones que son municipales (centro social). ¿Es legal esta forma de proceder entre la Asociación y la monitora?, ¿Cómo se debe proceder para poder hacer un taller y buscar un monitor? Se entiende que la monitora está dada de alta como autónoma.

Respuesta
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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les estudie su caso concreto y les ayude.

Lo primero es que posiblemente ustedes no pueden ceder unas instalaciones que no son suyas, sino municipales, a un tercero. Por lo tanto, serian ustedes quienes tienen que organizar esta cuestión.

Por otro lado, hay que estudiar sus estatutos y ver si se traba de una actividad económica, que posiblemente si, lo que supondría obligaciones fiscales, contables, etc. para la asociación.

Y la monitora debería facturarles a ustedes, y ustedes cobrar... ya que ella es autónoma.

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