Recurrir sentencia a la audiencia provincial

¿Se puede recurrir una sentencia de la audiencia provincial?

Para mí, es un caso en el cual se han preocupado muy poco, que favorece a la empresa de seguros.

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Hay que partir de la base de que un recurso ante el Tribunal supremo, no es una tercera instancia, en primer lugar debe cumplir unos requisitos de admisibilidad, sobre todo en razón a la cuantía, y si se trata, como parece, de un tema civil, no se puede invocar error en la apreciación de la prueba, es preciso invocar y demostrar que el juez, en este caso la Audiencia, se equivocó al interpretar la ley, y es preciso señalar con precisión esa norma infringida por la Audiencia.

Luego hay que armarse de paciencia porque la resolución suele ser muy lenta, años.

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La posibilidad de recursos viene dada en la Sentencia que se pretende recurrir. De hecho se indica si la sentencia es firme sin caber recurso alguno o, en caso de caber recurso, indica ante quien y el plazo para interponerlo.

Desconociendo el procedimiento, le a la sentencia, o pidasela a su abogado, y ahí le indicará la posibilidad de recurso.

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Pues sí, tengo la oportunidad de recurrir ante el supremo me dan 20 días, no localizo a mi abogado y no sé sí en esos 20 días cuentan los festivos, me piden 50€ y según me indican parece ser que me pueden denegar el recurso por lo que veo se trata de sacarme más dinero y es importante que lo admitan porque hay una contrariedad en lo que dice el primer juez y lo que dice la audiencia provincial en cuanto a cómo se produce el accidente además tengo un testigo que puede aportar como quedaron los coches en la carretera . Muchas gracias por su ayuda, pues no solamente me están haciendo un daño moral, también económico .

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