Presidente entrante anular el siniestro dado al servicio jurídico de la póliza de seguro comunidad por apropiación indebida

¿Puede un presidente entrante anular el parte dado a los servicios jurídicos de la póliza de la comunidad por apropiación indebida del administrador.?

¿

? ¿En caso de que así sea podemos los propietarios por cuenta propia continuar con esa demanda?

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El presidente no es nadie para hacer eso.

Convoquen los propietario una junta y que sean más 25% y echen al presidente

¿De cualquier forma el problema cual es? Porque muchas veces pensamos cosas que no es su forma correcta de realizar

El problema que tenemos es ese que en principio el administrador tiene mayoría de los que asisten a las juntas ,ahora soy yo el presidente y claro dentro de poco cambiamos de presidente, también es cierto que los propietarios todavía no tienen la información necesaria, lo estamos llevando un grupo de propietarios que hasta ahora somos minoritarios en las juntas,

Entonces una vez que salga de presidente puede anular el presidente entrante que será un vecino y cómplice el administrador ese siniestro dado al servicio jurídico.

Y en caso de que así sea ?podemos continuar por cuenta propia los propietarios con esa demanda de alguna forma?

Lo estamos llevando en secreto de momento porque el administrador de momento no está demandado, pero también es cierto que tiene toda la documentación los abogados de la póliza de la comunidad.

Cómo cuentas bancarias que demuestra las trasferencias que se hace el administrador a sus cuentas con la excusa de que son pagos delegados y que se hace esas transferencias para pagar a los proveedores

Usted como propietario puede denunciar en el juzgado

Muchas gracias, muy útil la respuesta.

Voy a hacer otra pregunta.

Le enviamos un burofax con un plazo de 10 días para entregar la información y documentación requerida facturas etc porque los ingresos y gastos que nos da anual no cuadran para nada con las cuentas bancarias aparte de las transferencias que se hace a sus cuentas, es un desastre este administrador.

la documentación estoy seguro que no la va a entregar hoy cumple el plazo porque no la tiene o otras cosas nos dará pues a saber qué. O nada

Perdón puse mal y le di a enviar cuando no quería, no sé si se envió me pregunta bien

La pregunta que le quería hacer es que le hemos enviado un burofax al administrador para que entregue facturas contratos etc el plazo dado ha sido de 10 días hoy se cumple el plazo entonces quería saber.

Si no nos entrega esa documentación podemos ir ya al juzgado o tenemos que esperar un mes que es el plazo legal que tiene el burofax para la contestación.

Muchísimas gracias por las respuestas anteriores y de esta un saludo me ha servido de mucho.

Lamento decirle que el administrador no tiene obligación alguna de entregar la documentación fuera del ámbito de las juntas, ahí es dónde está obligado a facilitarla.

Por lo cual ni policía ni esperar plazo de un mes.

Además por la ley de protección de datos no puede facilitarle facturas ni contratos dado que figuran datos personales.

Lamento mucho su situación, pero no van a lograr nada

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