Venta de un piso amoblado.

He vendido un piso amoblado, desearía que me informasen si cuando tenga que hacer la declaración del IRPF, el valor del mobiliario lo podría deducir de las ganancias como gastos de mejoras en el piso, ya que según tengo entendido los gastos de mejoras son deducibles.

En espera de vuestra contestación.

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Los gastos de mejoras que son deducibles a la hora de tributar por la venta de un inmueble en el IRPF son aquellas que suponen un aumento de la habitabilidad o de la vida útil del mismo (una ampliación, una reforma integral, un cerramiento, una buhardilla, una piscina, etc...)

El importe invertido en la adquisición de mobiliario no está contemplado como mejora a esos efectos, ya que esa inversión no se realiza sobre el inmueble como tal y, por lo tanto, no incrementa su valor.

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Para eso tendrías que vender los muebles en otra operación

Para la ganancia patrimonial de la venta del inmueble tienes que considerar el precio de adquisición y los gastos en mejoras pero los muebles no se consideran como tal

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La mejor opción, ya que esos gastos no pueden ser considerados como mejora del inmueble a la hora de valorarlo, hubiera sido separar los valores de venta en la escritura de compraventa. Es decir indicar el valor del inmueble por un lado y el de los muebles por otro, así la ganancia patrimonial por la que tributar es menor.

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