Donación de propiedad madre a hijo y extinción de condominio

Mi madre de 66 años se propietaria de un tercio de una vivienda sita en Esplugues de Llobregat que no es su vivienda habitual.
Yo soy su hijo y tengo 45 años.
Ella tiene la intención de hacerme la donación completa de este 1/3 valorado en unos 50.000 €, y yo con posterioridad la convertiría en mi vivienda habitual.
Nunca hasta ahora me había hecho ninguna donación ni tiene intención de hacer ningún otro.
¿Qué impuestos (tipo y valor) tendría que pagar ella y qué impuestos debería pagar yo?
¿Estos impuestos se liquidarán de una sola vez?
Por último, una vez hayamos firmado la escritura, 1 o 2 meses después, yo compraré mediante una hipoteca los otros 2/3 de la vivienda.
Esta compraventa realizada con posterioridad por un importe de 100.000 € tributa como ITP al 7% o se puede tributar como Extinción de Condominio al 1%.

2 Respuestas

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Tú como donatario el impuesto sobre sucesiones y donaciones, sobre los 50.000 euros, según la tabla que corresponda en tu comunidad para el parentesco en cuestión. Plazo de 30 días. También la plusvalía municipal, sobre ese tercio.

Tu madre, el año que viene, tendrá que declarar la ganancia o pérdida patrimonial en su declaración IRPF.

La persona a la que le compres los otros 2/3, tendrá que declarar ganancia o pérdida patrimonial en IRPF y su correspondiente plusvalía.

La 3ª cuestión la desconozco.

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Vé a un notario.

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