Quien paga el recibo del IBI

En marzo de 2019 vendí una vivienda, y en el mes de abril, recibo el IBI del año 2019, ¿quién tien que pagar este recibo?

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El ibi se devenga el día 1 de enero, por eso se gira a quien dicho día figure en la matrícula. Tienes otra referencia aquí:

https://www.ineaf.es/divulgativo/sistema-tributario/haciendas-locales/devengo-y-gestion-del-ibi 

Ahora bien, es posible que se pueda prorratear por los meses de disfrute, en la medida que lo hayáis contemplado en el contrato de compraventa, o intentes que te paguen la parte que le correspondería abonar al comprador, ahora bien, si no lo pagas, el recargo de apremio, interés de demora y costas irán a tu cargo e incluso te podrán embargar bienes para el pago, y sino pueden entonces incluso pueden ir a por el inmueble y aquí si que le “tocaría” al comprador.

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