Si cancelo un préstamo personal suscrito para la compra de un terreno en el cual construiré mi vivienda habitual...

Pues hay asesores fiscales a los que ido que no se ponen de acuerdo.

En Mayo de 2017 adquirí un parcela con un crédito personal con la intención de construir en ella mi vivienda habitual en un futuro. En Noviembre de 2018 vendí mi vivienda habitual, y con el dinero obtenido cancele el préstamo de la parcela y comencé a construir en ella mi nueva vivienda habitual, reinvirtiendo todo lo obtenido con la venta.

La duda principal es si lo destinado para la cancelación de dicho préstamo personal de la parcela cuenta como reinversión para vivienda habitual.

Otra duda es, si los 2 años que marca la ley como plazo para la reinversión que son (los 2 años anteriores o 2 años posteriores a la transmisión de la vivienda habitual), estos cuentan desde la compra de la parcela o cuentan desde la venta de mi vivienda.

Y ya por ultimo preguntar si los materiales para la construcción de la autopromocion son deducibles, pues los he comprado yo y tengo las facturas correspondientes.

1 respuesta

Respuesta
-1

La primera cuestión, como usted mismo dice, no es pacifica, per, a mi juicio, es defendible.

El plazo comienza desde la venta de la vivienda habitual, cuyo importe debe reinvertirse en otra vivienda.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas