Contrato laboral código 402 que no supera el año

Quiero causar baja en la empresa que llevo menos de un año con un contrato 402 por acumulación de faena, y me quieren descontar los 15 días de preaviso y no pagarme las vacaciones no disfrutadas

Respuesta
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Comencemos por el preaviso. El Estatuto de los Trabajadores dice :

Artículo 49. Extinción del contrato.

1. El contrato de trabajo se extinguirá:

d) Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.

Por lo tanto, primero saber que convenio estas acogida, te lo miro y te digo si pueden o no penalizarte.

En cuanto las vacaiones, ni hablar, intocable, se han de pagar y disfrutar, la 2 cosas. E decir, si terminas la relación laboral un día 31, sea el motivo que sea, no disfrutaste ningún día de vacaciones, y te corresponden 15, en el finiquito deben pagarlas y seguir de alta en la SS. SS hasta el día 15 del mes siguiente.

Cuando me digas el convenio, te digo como actuar en cualquier caso.

Chófer mecánico

Has de ser más especifica, con ese dato imposible saber que convenio estáis acogidos en la empresa. Ha de ser algo así:

Convenio de transporte urbano de la provincia de Jaén.

Por ejemplo. Viene especificado en el contrato de trabajo.

Es chófer mecánico provincia de Castellón, por otra parte decir que he mirado la nómina y va desglosada en, 743 euros de salario base hasta los 1300euros que es la nómina son pluses y pagas prorrateadas

Visto el convenio, no hay nada que hacer al respecto. Los 15 días de preaviso son de Ley, y lo pueden descontar del finiquito.

Pero respecto a las vacaciones, te digo lo mismo, han de pagarlas.

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