Plazo para contestar a un burofax

En una reunión de vecinos decidimos rescindir el contrato existente con el administrador. Se le comunicó la decisión mediante burofax con certificado de texto y acuse de recibo. El día 4 de junio recibieron el burofax. El texto decía:

Por la presente, les comunico la decisión de esta Comunidad, de no renovar y prescindir de sus servicios como Administradores de esta Comunidad.

Quedamos a la espera que se pongan en contacto conmigo, como Presidente de la Comunidad, para entregarme toda la documentación de la misma que obre en su poder a la mayor brevedad para no tener que recurrir a otras instancias.

A día de hoy no han dado ningún tipo de respuesta a nuestro requerimiento. ¿Qué plazo tienen para contestar?

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No existe un plazo para responder. El plazo deberían habérselo establecido ustedes en el propio burofax. Hoy se cumplen 15 días.

Se les sugieren dos alternativas. O se ponen en contacto por teléfono o en persona con el Administrador, para recoger la documentación, o le remiten un nuevo burofax instándole a que les entregue la documentación antes de una determinada fecha. Si la relación es mala, quizá incluso les convenga que este segundo burofax se lo redacte un abogado, para darle más fuerza.

Por otra parte, no sé si habrán revisado ustedes si existe alguna cláusula indemnizatoria en el contrato que tienen con el Administrador. Tal como relata los hechos tengo la sensación de que la decisión de rescindir el contrato ha sido extraordinaria y es posible que tengan estipulado un plazo anual en sus servicios, por lo que podría reclamarles la anualidad completa de sus honorarios (o, al menos, alguna cantidad como compensación a su cese).

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