¿Crear comunidad de propietarios o comunidad de aguas?

Somos 100 vecinos de una urbanización de parcelas con viviendas en terreno rustico, hace 15 años solicitamos el agua potable al ayunt, el cual nos la concedió después de muchos papeleos y requisitos, la concesión fue la siguiente, un cotador principal de control y tantos contadores como abonados, desde el contador principal en adelante, dicha tubería o acometida es privada y los vecinos corremos con el mantenimiento, control y demás, pues la suma de los contadores de los abonados tiene que cuadrar con el contador principal con un desfases del 10 %, si pasa de ese 10% se crea un recibo a la comunidad,

Dicho esto, comento que un su día los vecinos,, solicitamos un n, i, f, para abrir una cuenta, pagar las obras, ingresar dicho dinero para el coste de la acometida, y tener un remanente para desfases de más del 10% 0 posibles roturas, pero no nos contituimos como comunidad, ni asociación ni acta fundacional ni estatutos ni nada, solo unos cuantos vecinos que eran los que llevaban los pocos temas.

Pues bien ahora hay otros problemas más serios y necesitamos contituirnos como comunidad con estatutos, normas etc, y queremos saber como hacerlo, si podemos hacerlo como comunidad de vecinos o como comunidad de aguas o de las dos formas o de otra manera,

Comentar que abría vecinos que no quedrian firmar para contituirse(problemas entre vecinos), no tenemos escritura de la acometida, estamos en terreno rustico y no sabemos si es aplicble la l.p, h.. Por todo esto agradeceríamos nos dijeran como contituirnos legalmente con estatumos, normas para gestionar dicha acometida con todas las garantías jurídicas .

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Tal como lo describe parece que deberían constituir una asociación para ese menester.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les estudie su caso concreto y les ayude. Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Tenemos cliente en su misma situación.

Es un tema complejo, al no estar "legales" ya que indica que están en terreno rustico...

Una comunidad de propietarios puede ser de hecho y no estar constituida legalmente, conforme indica la LPH, si hay escritura de división horizontal. Pero en su caso, lo normal es constituirse en asociación, normalmente inscrita en el registro de su comunidad autónoma, para gestionar las cosas que tienen en común, como son el agua y su gestión.

En determinados casos, dependiendo como este la "concesión" del agua, puede resultar interesante constituirse en Comunidad de Usuarios, similar a las comunidades de regantes...

Como no se puede obligar a ser socio de ninguna sociedad, o asociación, es normal realizar unos estatutos que recojan bien el tema de la actividad económica del suministro del agua a los vecinos no socios, normalmente con otros precios diferenciados... Ya que finalmente suele ser necesario hacer un mantenimiento de la red, incluso disponer de depósitos y en determinados casos incluso encargarse de potabilizar el agua y de cumplir con los requisitos sanitarios.

Pero como ya les hemos indicado, esto es un tema algo complejo y requiere estudio de como hacer las cosas de la mejor forma posible.

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