Contratar por parte del presidente de la comunidad para un servicio externo al mantenimiento a familiares

Vivimos en una comunidad de propietarios de varios bloques, el mantenimiento lo lleva una administración, pero a la hora de actuaciones externas al mantenimiento como arreglar la puerta del garaje, el presidente contrato a su sobrino que tiene una empresa. Me gustaría saber si esto es legal o no, contrartar parientes por parte del presidente.

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Habría que tener en cuenta si el arreglo de la puerta era urgente o no, porque si lo era, el arreglo debe de ser inmediato y no necesita acuerdo. Art.10.1.

Por otro lado también depende que tipo de avería era, dado que es obligatorio tener una empresa de mantenimiento de la puerta, y esta empresa debió de arreglarlo

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Si lo aprueba la junta de propietarios, sí. Sí no, no. Pero tanto da que sea la empresa de un familiar como cualquier otra. Siempre debe ser aprobado por la junta.

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