Rentas de alquiler que solo percibe uno de los tres propietarios

Mi madre, (con el 50% de la propiedad), mi hermano y yo (con el 25% cada uno), tenemos un bajo alquilado. En todos los documentos y relaciones con Hacienda y demás organismos solo figura mi madre. También es ella la que precibe la totalidad de la renta y por la que tributa. ¿Es todo esto correcto a los ojos de la Administración catastral, tributaria, etc? ¿O lo estamos haciendo mal y deberíamos repartir la renta y sus consecuencias fiscales entre los tres según su porcentaje de propiedad?

2 Respuestas

Respuesta
1

¿Su madre no tendrá el usufructo de esa vivienda?

No. El local que está alquilado era propiedad de mis padres y eran estos los que percibían el alquiler.  Una vez fallecido mi padre, y en un caso de herencia típico, seríamos mi hermano y yo los propietarios del 25% cada uno. Si no es así, por favor, corríjame. Es aqúi donde me asalta la duda. Si deberíamos repercutir la renta entre mi madre,mi hermano y yo, y sus correspondientes tributos, o por el contrario lo pdemos dejar como hasta ahora, donde mi madre es la única persona que aparece ante Hacienda como perceptor del 100 % de la renta y por la que liquida los correspondientes impuestos de IVA y IRPF. 

Por lo que parece todavía no han adjudicado esa herencia, habría que conocer todos los datos, parece que a su madre le corresponde el 50% de gananciales y además la cuota vidual de usufructo, salvo que el testamento, si lo hay, disponga otra cosa.

Respuesta
1

Lo estáis haciendo mal. En vuestra declaración anual del IRPF tenéis, cada uno de vosotros (incluida vuestra madre), que declarar vuestra parte en esta propiedad. Otra cosa que vuestra madre está haciendo mal es declarar ella sola esta renta. A los ojos de Hacienda ahí hay una "donación" oculta hacia vosotros. Seria bueno que fueseis a las oficinas de la Delegación de Hacienda de vuestra localidad, y lo aclaraseis. Y no estaría de más que un abogado se ocupase de poner en orden este embrollo. Estas cosas a veces se complican.

Muchas gracias por la contestación. En una palabra, en un contrato de alquiler deben figurar y por lo tanto ser perceptores de la renta, todos los propietarios jurídicos. Esto es lo que creo entender de sus comentarios. 

Así debe ser.

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