Ruido del aire acondicionado de una tienda
Tengo una duda en relación a la normativa a aplicar sobre el ruido. En el Real Decreto 1367/2007 se establece para la zona de dormitorios de una residencia unos valores de 35, 35, 25 (mañana, tarde, noche), pero en la ordenanza municipal de mi ciudad (Castelló) son de 55,55,45 como valores limite de ruido transmitido por vía aérea para el uso dominante residencial (no distingue instancias). Teóricamente la ordenanza puede ser más restrictiva pero no menos, con lo cual entiendo que los valores tendrían que ser igual o inferiores a esos 35,35,25, pero no superiores, ¿es así?
Todo esto viene por un aire acondicionado que ha puesto una tienda y la máquina exterior está debajo de la ventana de un dormitorio y el ruido que llega está entre 40 y 52 db por el día, lo cual ahora en verano con las ventanas abiertas se nota bastante. Teniendo en cuenta la ordenanza y demás ¿qué me aconsejan hacer?