Inscribir autorización de ventilación sin vistas
Si el dueño de un predio autoriza al de enfrente a hacer practicable una ventana pero con la limitación de abrir solo por la parte superior de su hoja, (donde ya había un hueco para luz con cristal no transparente), para obtener ventilación pero, al mismo tiempo se quiere inscribir la condición de que se instala con un tope para que no se pueda abrir de otra forma (batiente) para asegurar que no incluye autorizar vistas ¿eso es inscribible en el registro de la propiedad? Es asegurar la vigencia de la prohibición de vistas lo que se pretende, pero no lo veo, pues la prohibición de vistas ya existe por ley. ¿Hace falta escritura? ¿Se considera servidumbre de ventilación? ¿En qué predio se inscribe esa autorización limitada? Dudo que el Registro de la Propiedad admita inscribir sobre la finca del autorizado ese derecho expresamente con esa condición.