Mayorías necesarias para modificar elemento constructivo de comunidad
La puerta de entrada de un edificio de un bloque de pisos se reculó hace años sin licencia. En acta consta unanimidad de todos los propietarios. Ahora hay una mayoría de votos y coeficientes que solicitan volver a reubicarla en la anterior ubicación. Mi pregunta es, ¿qué mayorías son necesarias según el código civil catalán para dar por aprobado su modificación?
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