¿Tiene qué votar la junta si es necesario notificar fehacientemente a los no asistentes para que ejerzan su voto?
En una reunión no se acordó notificar fehacientemente a los no asistentes con lo cual se buzonea (el mismo administrador sin carta ni nada) el acta sin fecha de envío ni nada, ahora van algunos vecinos no asistentes a votar y el administrador dice que ya se pasó el tiempo (aunque es mentira). ¿Hay qué ir a juicio para que este señor demuestre fehacientemente notifico a los no asistentes?
2 respuestas
Respuesta de Poli Plos
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Respuesta de Pedro abogado
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