Pues depende de como se acuerde en la compraventa. Supuestamente en el certificado de deuda de la comunidad de propietarios donde se expresan si el piso tiene deuda con la comunidad o está al corriente de pago debe figurar si hay derramas pendientes, ese documento es obligatorio en una compraventa y lo exigirá el notario si es bueno (hay algunos que no lo exigen y es en plan el vendedor dice que está todo bien, ¿se fia usted? (Al comprador) y si dice que si, sigue adelante)
En condiciones normales si hay una derrama el comprador tiende a negociar con el comprador el importe o parte del importe se la derrama.
Mi consejo: si habeis avisado de la derrama a la parte compradora, y ha quedado constancia de esa derrama y el comprador no ha dicho nada, pues la debería seguir pagando el como propietario del piso.
Si no habéis avisado de la derrama, se la van a empezar a exigir al nuevo propietario y quizá tengáis algun jaleo con el.
De todas maneras las cuotas las paga el propietario nuevo salvo pacto en contrario.