Derrama en comunidad de vecinos.

Hace una semana se celebro la junta anual en mi comunidad, donde hay una propietaria con una deuda de 6000 euros, que arrastra algo más de seis años. Y cuando recibo el acta indican que se ha aprobado en la junta (que no comparecí), una derrama durante seis meses, entre los vecinos y lonjas para afrontar dicha deuda según % de participación. ¿Me puedo negar a satisfacer dicho pago, aunque se aya aprobado en junta?. O es exigible dicha derrama.

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Usted debe acatar un acuerdo de Junta. No obstante, puede impugnarlo si considera que es abusivo, contrario a derecho, contrario a los Estatutos de su Comunidad o gravemente lesivo. También podría impugnarlo si no hubiera constado el asunto en el orden del día de la reunión, puesto que no se pueden tomar acuerdos sobre asuntos no notificados en el orden del día de la convocatoria.

Y ahora le hago una pregunta... ¿No se plantean reclamarle la deuda a esa vecina? Un mal momento lo tiene cualquiera y la Comunidad puede entenderlo, pero en su caso creo que se les está yendo de las manos y acabará siendo un serio problema.

Gracias poliplos,el tema es que se la esta reclamando desde hace mas de seis años con juicio incluido,pero van a el alzamiento de su piso que es el bien único que dispone mediante desahucio,con intervención de abogados y procurador,y no hay fondos suficientes para sus minutas.

Comprendo. Entonces, además de lo dicho anteriormente, opino que a la Comunidad (y a usted) les conviene esa derrama, puesto que su objetivo es solucionar el problema de morosidad.

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Sí. Tienes que acatar la decisión de la junta o impugnarlo. Solo tienes un atenuante: Que es más beneficioso para la comunidad hacer la derrama o no hacerla

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