Contrato del administrador de la finca

Como propietario, ¿tengo derecho a pedirle al Presidente de la Comunidad una copia del contrato de servicios firmado con el administrador y él tiene la obligación de proporcionármela?

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Habría que ver desde cuando el actual Presidente está en el cargo pues es fácil que el administrador haga años que ejerce como tal. Si es así, no es a el a quien pedirle algo en lo que no participó. Además, me temo que estas cosas hay que tratarlas en las reuniones del condominio pues el "Presidente" no tiene las funciones que le atribuyes. Léete la LPH.

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Si, no hay en concreto nada que lo impida. Por otro lado, como contrato que es y por tanto un precio a cambio de unas contraprestaciones a nombre o favor de todos, todos pueden tener derecho a conocerlas. Si las copias o fotocopias se solicitaran, al no tener obligación el presidente como un vecino más a personalmente pagarlas, irían a cargo del presupuesto de la comunidad.

Francisco Rodriguez Durán Muchas gracias. ¿Se podría negar el administrador a entregarlo argumentando que él responde ante la Junta y no ante un propietario (y por tanto es allí donde debo pedirlo) o incluso por Ley de Protección de Datos?

En esos datos... esta ud que es un interesado. Si quiere ser reglamentista a hasta el ultimo articulo habido y por haber, como no se lo va a dar a una Junta... o reunión.. que se lo de al presidente con el que si puede mabtener la relación más formal. Es más, el presidente ya debiera tenerlo y o bien exhibirlo en punto de reunión o personalmente en buzón o reunión. Lo que no puede ser es que un prpietario quiera saber el sistema y se lo nieguen.

Lo malo de estas cosas son cuando nos volvemos televisivos sale el "no es no". Ante eso no queda más remedio que presentar demanda contra cualquiera de ambos que tengan la copia.

Negarse, no debe,, pero se le puede ocurrir.

Efectivamente y me sumo al Sr. Pedro, la documentación, que puede tenerla en custodia también el administrador, ( en mi comunidad es así ), si este no la tiene debiera de ser el secretario, ahora bien, estando el presidente este debiera de hablar con el secretario y si fuese el administrador pues igualmente y pedirle copia de las condiciones que ese vecino reclama.

Normalmente y ante un evento siempre se recurre al presidente el cual según proceda, con urgencia o sin ella, con reunión o sin ella, este sera quien exponga el problema ante el administrador. En este caso se ve simple...¿reunión para que un solo vecino vea esas condiciones?. Pues con tomarlas de donde estén y se le de copia. De todas todas tiene derecho ello.

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Aún a riesgo de ganarme una calificación negativa, como Prof Francisco Poveda, quiero recordar que la documentación de la Comunidad la custodia el secretario, por lo tanto el Presidente puede negarse a entregar ese documento, puesto que no lo tiene.

Pedro abogado ¿Puede también el administrador negarse a entregármelo argumentando que como es a la Junta a la que rinde cuentas y no a un propietario, como mucho lo llevará a la próxima reunión de vecinos? Gracias.

Viene a ratificar que pertenece usted a esa clase de personas que valora en función de sus apetencias, me figuro que no le pasará igual cuando va al médico. Y, efectivamente, el administrador no puede/debe facilitar ningún documento a nadie sin autorización expresa de la junta o del presidente.

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