¿ Puede un Administrador negarse a redactar el acta?

Tenemos una administradora peculiar, llamándola así, que en breve espero ya se le cese pero antes ha de aclarar una serie de apuntes contables.

Cómo es un poco, digámoslo desmemoria da, las actas las suele redactar muchas inventadas o no reflejando la verdad. Hace unas semanas hicimos reunión, como presidenta que soy, decidimos que la redactaba yo y se la enviaba a ella para que la pase al libro y pueda firmarla. Pues nada más de esto, me ha dado plantón 3 veces, dice no ha recibidodo el acta por email, ya se lo he enviado otras 3.

¿La puedo echar por esto? ¿O tengo que hacer reunión con los otros vecinos? ¿Puede actuar así? ¿Cómo puedo hacer llegar el acta para que este tenga validez oficial, no teniendo más remedio que anotar en el libro?

El porqué de su negativa, es que en ese acta se la cuestiona en ciertos apuntes contables y también a su cuñado se le quita el poder que tenía antes cuando era presidente.

3 respuestas

Respuesta
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No se que poder se le ha retirado el presidente, dado que no tiene ninguno.

Pues si usted quiere redactar el acta cosa que no tiene porque, dado que es cosa del secretario, la redacta, se la da en mano y que firme un recibí

Tendra que hacer nueva junta pars revocar de su puesto a la administradora, necesitará mayoria simple

Respuesta

Usted no puede cesar a la administradora sin un acuerdo de junta.

Si quiere hacer un envío fehaciente, puede hacerlo por burofax con certificación de contenido.

Respuesta

El acta la redacta el secretario, que entiendo que será el administrador. Por otro lado da igual quien redacte el acta, ya que en ella únicamente se deben recoger los acuerdos. Cualquier tipo de apreciación sería una falta de profesionalidad. Si usted como presidente quería redactar el acta debiera al inicio de la junta hacer constar ese extremo, sino a mi entender sería el secretario el administrador. Por otro lado las actas van con el visto bueno del presidente, si usted no está de acuerdo con lo que dice el acta puede no firmarla y así mismo puede acudir al auxilio judicial impugnándola.

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