Tasa o precio público cobrado por ayuntamiento con motivo de mantenimiento

En un municipio de Extremadura, el ayuntamiento nos cobra una tasa con concepto de mantenimiento, y solo se cobra a un barrio del municipio; ¿Esto es legal? ¿La tasa la puede cobrar cuando el servicio prestado es para mantenimiento? Se puede cobrar la tasa si el servicio es a través de una empresa privada ( elegida por licitación) .

Gracias por su ayuda, los habitantes del barrio estamos realmente desesperados con el importe .

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Como usted bien dice la tasa es el precio público que cobra una administración por la prestación de un servicio, el mantenimiento lo es, por lo tanto solo les quedaría la posibilidad de impugnar esa tasa, por defectos formales o de fondo.

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