Contrato de arras firmado y sin cédula de habitabilidad

Mi marido y yo estábamos emocionados por haber encontrado la casa de nuestros sueños. Es una casa unifamiliar muy cerca de Valencia. El precio nos cuadra y, aunque es de 1970, se conserva muy bien y se puede entrar a vivir e ir reformando poco a poco.

El caso es que nos gustó mucho y decidimos ir hacia adelante pasito a pasito. La agencia inmobiliaria nos dijo varias veces que había que habían retrasado visitas ya que estaban esperando a que nos contestaran del banco para ver si nos concedían la hipoteca (el vecino es quien nos abría la casa puesto que está deshabitada y los señores son muy mayores). Entonces, cuando el banco nos preconcedio la hipoteca, decidimos tirar para adelante y firmar un contrato de arras. En dicho contrato especificamos que si la tasación no salía por el importe que necesitábamos para la compraventa, el contrato quedaría invalidado ya que no podríamos comprar la casa. Firmamos nosotros las arras e hicimos la transferencia del dinero correspondiente para reservar la casa.

A continuación pagamos la tasación(a una empresa externa que valoran las casas un poco más alto que los bancos, ya que necesitábamos el 90%de la compraventa). Y en esta tasación nos enteramos de que la casa no estaba dada de alta como obra nueva, no tiene cédula de habitabilidad y no cumple con la ley de urbanismo en separación a lindes laterales.

Pasado un mes de esto, han dado de alta la casa como obra nueva. Pero las otras dos incidencias siguen apareciendo en la tasación, cosa que no nos cuadra.

Nos dicen que no hay ningún problema por no tener la cédula y por el tema de las lindes, pero nosotros ya no nos fiamos, puesto que la casa no la han registrado hasta que nosotros no hemos soltado el dinero de la reserva... Nos parece todo un poco raro y no sabemos qué hacer y dónde acudir que nos pueda aconsejar de forma objetiva.

Las preguntas por tanto son:

¿Es obligatoria disponer de la cédula de habitabilidad en la compraventa del inmueble?

¿Qué problemas podríamos tener a posteriori si no nos tramitan este certificado previa compra?

Si nos echáramos para atrás en la compraventa, ¿perderíamos el dinero de las arras al no estar informados de todos esos papeles de los que no disponía la casa?

2 respuestas

Respuesta
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Es inaudito que una agencia Inmobiliaria no asesore bien a sus clientes, algo no me cuadra, en el registro tienen que estar los ultimos dueños que son los que venden. Y vender una vivienda sin celula de habitabilidad es una estafa si no cumple con urbanismo. Tienen que hablarlo y si no es todo correcto su deber es devolver el dinero de arras, si se niegan tienen todas las de perder con una denuncia formal por ocultamiento de informacion, un buen profesional se demuestra transparente.

Muchas gracias por tu pronta respuesta, seguimos en trámites, lo único que hemos firmado son las arras. Pero nos hemos ido enterando de todo esto a medida que dábamos pasos así que no hemos sabido cómo ser más cautos. Iremos con pies de plomo, uno no se puede fiar ya de nada. 

Lo que nos ha mosqueado es que el tasador nos haya dicho que en el 100% de sus certificados de tasación ponían que el inmueble no disponía de cédula y que la inmobiliaria nos haya dicho que por eso no hay que preocuparse... 

Espero que todo se solucione y no haya que llegar a ninguna denuncia... 

Muchas gracias de nuevo 

Bea

Pero almenos que esten dispuestos a devoverles el dinero, a no ser que arreglen toda la documentacion, y que sepan que si no lo hacen, tienen todas las de perder. Hoy mas que nunca estan deseosos de hacer ventas, lo que no pueden hacer es jugar con las personas de buena voluntad, les deseo que todo se solucione un saludo

Respuesta
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Tal como describe las cosas lo cierto es que, jurídicamente hablando, esa vivienda era inexistente en el momento en que entregaron las arras, no es extraño por tanto que no tuviera cédulas de habitabilidad. La ausencia de esta cédula puede ser de vital importancia dependiendo de la Comunidad Autónoma y municipio del que se trate.

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