Contrato de arras firmado y sin cédula de habitabilidad
Mi marido y yo estábamos emocionados por haber encontrado la casa de nuestros sueños. Es una casa unifamiliar muy cerca de Valencia. El precio nos cuadra y, aunque es de 1970, se conserva muy bien y se puede entrar a vivir e ir reformando poco a poco.
El caso es que nos gustó mucho y decidimos ir hacia adelante pasito a pasito. La agencia inmobiliaria nos dijo varias veces que había que habían retrasado visitas ya que estaban esperando a que nos contestaran del banco para ver si nos concedían la hipoteca (el vecino es quien nos abría la casa puesto que está deshabitada y los señores son muy mayores). Entonces, cuando el banco nos preconcedio la hipoteca, decidimos tirar para adelante y firmar un contrato de arras. En dicho contrato especificamos que si la tasación no salía por el importe que necesitábamos para la compraventa, el contrato quedaría invalidado ya que no podríamos comprar la casa. Firmamos nosotros las arras e hicimos la transferencia del dinero correspondiente para reservar la casa.
A continuación pagamos la tasación(a una empresa externa que valoran las casas un poco más alto que los bancos, ya que necesitábamos el 90%de la compraventa). Y en esta tasación nos enteramos de que la casa no estaba dada de alta como obra nueva, no tiene cédula de habitabilidad y no cumple con la ley de urbanismo en separación a lindes laterales.
Pasado un mes de esto, han dado de alta la casa como obra nueva. Pero las otras dos incidencias siguen apareciendo en la tasación, cosa que no nos cuadra.
Nos dicen que no hay ningún problema por no tener la cédula y por el tema de las lindes, pero nosotros ya no nos fiamos, puesto que la casa no la han registrado hasta que nosotros no hemos soltado el dinero de la reserva... Nos parece todo un poco raro y no sabemos qué hacer y dónde acudir que nos pueda aconsejar de forma objetiva.
Las preguntas por tanto son:
¿Es obligatoria disponer de la cédula de habitabilidad en la compraventa del inmueble?
¿Qué problemas podríamos tener a posteriori si no nos tramitan este certificado previa compra?
Si nos echáramos para atrás en la compraventa, ¿perderíamos el dinero de las arras al no estar informados de todos esos papeles de los que no disponía la casa?