Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.
Hay que estudiar la nueva normativa de localización del IVA para ver si es un servicio prestado en España y por lo tanto, podría estar sujeto a IVA.
Además, para poder emitir facturas intracomunitaria, ambas partes han de estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (VIES).
En cuanto a la contabilidad, si es una operación intracomunitaria, tendrá que crear una cuenta contable de IVA repercutido Intracomunitario al 0%, para que se tenga en cuenta a la hora de calcular las declaraciones. También le recomendamos utilice una serie diferente, para localizar estas facturas mas fácilmente.
Por lo demás, se factura como cualquier factura de venta, pero sin el IVA... y al ser un cliente de fuera de España no debe llevar retención.