Para las personas que tengan nacionalidad española, el número de DNI y el NIF coincide.
Para las personas que tengan otra nacionalidad, pueden tener asignados NIE diferentes al NIF, pues en determinados casos no tienen siquiera NIE sino una asignación temporal del NIF.
Cuando una persona se nacionaliza española, ha tenido antes un NIE que es igual que el NIF pero ahora le asignan un DNI diferente y tendrá un documento de concordancia entre el NIE y el DNI.
Un documento NIE que no tenga fotografía (como los de los comunitarios) siempre tienen que ir acompañados de un Pasaporte o Documento de Identidad del país de origen.
En cualquier caso, para hacer un contrato, debe ponerse en manos de un abogado que le ayude. Y para evitarle problemas de suplantación de identidad, debe recoger fotos de cuantos documentos identificativos disponga...