Comunicar cambio de domicilio al Juzgado.

Antes de nada agradecer de antemano las respuestas.

Tengo que realizar trabajos en beneficio de la comunidad después de una sentencia firme.

Debo de comunicar el cambio de domicilio la Juzgado. Ahora con esto de coronacirus, puedo realizarlo en el Estado de Alarma decretado, ¿debo de esperar o lo puedo hacer de vía telefónica? Haré un cambio de domicilio y no se lo que hacer.

3 respuestas

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Via Telematica puede hacerlo sin problema de no ser asì una vez vuelta la normalidad puede comunicar su nueva residencia.

No sé cómo se hace vía Telemática y no a fecha de hoy puedo ir físicamente la Juzgado. No pasaría nada por esperar a que se cancele el estado de alerta?

No te pasa nada aunque puedes hacerlo por correo normal carta certificada, la direcion la encuentras en Google o simplemente en la guia telefonica .Cada localidad tiene su Juzgado, pues en el que te toca a esa dlrecion le envias una carta certificada y guardas el recibo asi nadie te podra llamar la atencion.

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Debe presentar un escrito informando de los datos de su nuevo domicilio y entrarlo por registro de entrada en el Juzgado, si sabe las causas que tiene iniciadas también seria conveniente que lo informara.

¡Gracias! ,Pero ahora mismo tengo entendido que los Juzgados han limitado su actividad. No sé si puedo ir físicamente allí.

Los juzgados no paran su actividad por el Coronavirus pero anuncian medidas específicas

El Consejo General del Poder Judicial se ha mostrado desfavorable a interrumpir los juicios que han de celebrarse en las zonas de mayor foco de infección.

Rechaza así la suspensión general de los juicios, así como de los plazos procesales como consecuencia de la proliferación del virus. Ni siquiera en las zonas de mayor virulencia como son Madrid, Vitoria, Labastida y La Rioja.

Lo han expresado al acordar las medidas extraordinarias que se van a tomar en relación al coronavirus, que se han plasmado en las directrices aprobadas hoy por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

En el comunicado que se ha emitido han explicado las medidas que tendrán carácter nacional y las que se aplicarán de forma específica. En este sentido, han señalado que los jueces podrán suspender actuaciones procesales, pero necesitarán la autorización previa del presidente del Tribunal Superior de Justicia o de la Audiencia Nacional, y posteriormente la ratificación del CGPJ.

Otras medidas aprobadas apuntan a la conciliación de la vida personal y laboral, señalando al teletrabajo como una opción. También se ha aprobado la dispensa del uso de togas para los letrados.

A la hora de llevar a cabo las citaciones judiciales, se recomienda evitar aglomeraciones para que en la medida de lo posible no tengan que coincidir varias personas en los juzgados.

El Servicio de Formación Contínua de la Escuela Judicial ha anunciado la suspensión de sus servicios hasta el próximo 13 de abril.

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Yo llamaría al juzgado y si no están trabajando o no le cogen el teléfono buuscaria el correo electronoco de ese juzgado y mandaría un correo electrónico para que conste que lo ha avisado y después cuando pase esto ir personalmente o llamar y comentárselo.

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