Recurrir denuncia por dos armas blancas en coche ajeno

En junio de 2018, me paró un coche patrulla de la guardia civil, en la salida de una urbanización a las 3:00 AM, donde había ido a llevar a un amigo porque se le estropeo la moto. Me encontraba con un amigo en el coche de mi padrastro, que me había dejado de forma puntual. Para mi sorpresa cuando se dispusieron a registrar el coche, encontraron una navaja de coleccionista con el mango de una Harley y una porra extensible oxidada debajo del asiento trasero, yo desconocía la existencia de ambas. Me pusieron dos denuncias y al mudarme de casa nunca me llegó la multa. En la denuncia me pusieron: porta defensa extensible en interior de vehículo, tras ser controlado vehículo en actitud sospechosa se halla en el interior del mismo una defensa metálica tipo extensible. Y en alegaciones : Manifiesta que es propiedad de su padrastro. ( En la denuncia de la navaja pone practicamente lo mismo y sin especificar los centimetros, que seria sin duda menos de 11cm).

Ayer entré en la pagina web de la agencia tributaria y tenia una notificación, al firmarla para abrirla me encontré con una multa de 601 mas un recargo del 20%, un total de 721,20.

Me preguntaba si hay alguna manera de recurrirla y qué podría alegar, ya que el coche no era mío y la navaja era de menos de 11cm y la porra estaba completamente oxidada. Tengo de plazo hasta el día 20 de abril de 2020 para pagarla, también quisiera recalcar que es la segunda notificación y que el plazo para pagarla terminó el 10/2019 sin yo haberme enterado anteriormente ni haber recibido JAMÁS la primera notificación.

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Primer antes que nada decir, que efectivamente puedes recurrirla, y tienes varios puntos para hacerlo. La denuncia imagino que es por infracción a la Ley de Seguridad Ciudadana, y por la cuantía una sola, imagino que fue una única sanción, por la tenencia de dos armas, del artículo 36.10 de la L.O. 4/2015, por portar o exhibir armas (Si estaban bajo el asiento trasero de un vehículo, no se puede interpretar que la portases, salvo que demostrasen que el vehículo es habitualmente usado por ti)

Lo primero, has de solicitar al organismo sancionador, Delegación del Gobierno, copia entera del expediente, donde podrás comprobar, si correos efectúo correctamente las dos notificaciones y a donde, pues tienen que ser en días distintos y haberlas realizado en tramos horarios diferentes, ya que te habrán enviado el expediente de notificación de denuncia y el expediente de propuesta de resolución.

En las alegaciones al acto,, aparte de citar lo que cuentas, aporta copia del certificado de circulación y Tarjeta de Inspección Técnica, y a ser posible declaración jurada del propietario del vehículo, donde reconozca la propiedad de ambas armas y que te dejo voluntariamente el vehículo, el plazo para que se repercutiesen contra el prescribe en junio de 2020, por lo que muy probablemente no podrán proponerle para sanción, pues primero tienen dictar resolución a tus descargos, y este con la que esta cayendo ahora mismo, es muy previsible que pase de ese tiempo.

Creo que tienes muchas posibilidades de que prospere tu pliego de descargos.

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Si esa multa ha entrado, como parece en fase ejecutiva, lo primero que tiene que hacer es poner un escrito a la agencia tributaria bien manifestando que paga con carácter cautelar o bien solicitando la suspensión de la ejecución por indefensión ya que no le ha dado notificada la sanción.

A continuación deberá intentar acreditar defecto grave de forma que le ha producido indefensión al tiempo que recurre la sanción por considerar que no se ha producido la infracción que le imputan.

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Primero habría que saber porqué no recibiste la notificación, si diste los datos correctos o que es lo que ha pasado, porque la notificación debe constar, si no se ha efectuado correctamente el embargo podría ser nulo.

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