Tasación de un local comercial alquilado para repartir la herencia

Entre otras cosas he heredado la mitad de un local comercial alquilado, el otro heredero, que además es propietario de la otra mitad, está interesado en quedarse con el local. ¿Cualquier tasador me va a hacer la valoración del local y del rendimiento que da por el alquiler? ¿El valor para pagar el impuesto de sucesiones es solo el del local en sí o hay que poner todo en conjunto (propiedad y rendimiento)? ¿Tiene algún derecho el inquilino a la hora de comprar?

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Contesto a sus preguntas:

1.- Si quiere una valoración acorde a la realidad debería encargarla a un API (Agente de la Propiedad Inmobiliaria) de reconocida competencia, estos profesionales son quienes mejos conocen el valor real de los inmuebles urbanos y lo que se puede obtener en alquiler por ellos.

2.- El impuesto de sucesiones grava el valor de adquisición de ese inmueble.

3.- El inquilino, salvo que haya renunciado en contrato, tiene derecho de adquisición preferente, tanteo y retracto, en caso de que se venda el local alquilado. Si el otro copropietario adquiere la propiedad total por extinción de ese condominio, el inquilino no tiene derecho sobre ello.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Como norma general, lo que se valora en una herencia es el valor del inmueble. Pero si hay actividad económica como arrendador, esto se podría llegar a valorar, para incluirlo en herencia.

Hay que estudiar las cuentas de ese alquiler, años de duración pendientes, beneficio anual, etc. y se puede valor por ese importe. Pero en la mayoría de casos, será un punto de partida para llegar a un acuerdo con el resto de herederos.

Han de tener en cuenta que los excesos de adjudicación tributan a parte del impuesto de sucesiones.

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