Herencia de propiedad y venta de la misma para declaración

Heredamos una parte de una propiedad en el año 2006, en las escrituras de adjudicación, el notario pone el valor de esa parte de la propiedad que no el valor catastral que es menor, el año pasado vendimos, en la declaración de la renta, hay que poner el valor catastral o el valor que el notario pone en las escrituras.

2 Respuestas

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Hay que poner el valor del notario, el catastral es solo para calcular el pago del IBI y otras cosas.

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Precisamente la finalidad de poner en sucesiones un valor lo más es para disminuir ahora la plusvalía que les va a tocar pagar.

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