¿Puedo cobrar la baja y seguir trabajando?

Soy autónomo, he tenido un accidente laboral y me tienen que operar. Me dedico a la reparación de maquinaria pero aparte tengo una página de venta online, mi pregunta es ¿estando cobrando la baja puedo seguir vendiendo por la página web? .

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Si bien la Ley lo prohíbe, de manera general, la jurisprudencia entiende que pueden haber excepciones, cuando no hay fraude debido que las actividades son muy diferentes.

Está claro que si tú estuvieras de baja y siguieras arreglando la maquinaria y cobrando por ello, esto sí que sería totalmente incompatible y sería un fraude a la Seguridad Social.

Sin embargo, que tú tengas una otra actividad aparte, que entiendo que es totalmente compatible con tu lesión, que no requiere esfuerzo físico, no sería lógico que no puedas seguir haciéndolo. Entiendo que la facturación reflectará bien que tus ingresos son adqueridos a través de la venta de los productos online (que a lo mejor son más bien ingresos pasivos, sobre todo si no has de hacer tú personalmente los envíos), por tanto no hay fraude ni mala fe, lo que son que trata de evitar la Ley, prohibiendo trabajar estando de baja.

Claro, incluso no tengo ni que enviar los pedidos puesto que son directos de fábrica, solamente gestionarlos por el ordenador. Entonces puedo estar tranquilo respecto a esto? No me gustaría tener ningún problema, gracias por su respuesta, un saludo. 

Yo sí estaría tranquila. No hay mala fe por tu parte. Solo falta que te prohíban tener ingresos pasivos, que, de hecho, son fruto no de tu trabajo actual sino más bien de todo el esfuerzo que hiciste antes para poner en marcha tu pagina...

Aquí hay más info:  https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/10/15/legal/1571152756_071313.html 

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La prestación de IT es incompatible con el trabajo por cuenta ajena o propia, no se puede "trabajar un poquito", las Mutuas controlan estas situaciones y si lo detectan le suspenderán la prestación por actividades incompatibles con la baja médica.

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Como norma general, usted ha de comunicar a la mutua que otra persona realizara el trabajo, normalmente un autónomo colaborador o un empleado, para continuar con una actividad.

Y no puedo hacerlo yo mismo? 

Lo debe hablar con su mutua de accidentes, pero como norma general, para continuar con la actividad y cobrar la baja, ha de tener un empleado, pues usted no puede trabajar, esta de baja.

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