¿Puede mi empresa tener solo una mutua para accidentes laborales y no para presentar una baja de riesgos laborales por embarazo?

Quiero presentar la baja ala mutua por riegos para el embarazo y la empresa me dice que no saben nada sobre esto, que solo tienen una mutua para accidentes laborales .

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Efectivamente la mutua está para los accidentes laborales, aunque en ocasiones la empresa la contrata para hacer seguimiento de enfermedades comunes, pero por lo visto su empresa solo la ha contratado para los accidentes laborales.

El riesgo de embarazo supone una baja por contingencias comunes o no laborales, por lo que la baja deberá concedérsela la Seguridad Social. No se preocupe, porque la SS no tiene intereses con la empresa al contrario que la mutua, y le pondrán muchas menos trabas que cualquier mutua. Acuda a su médico de cabecera y solicítela, la empresa tiene obligación de reconocerla si así se la conceden.

Tengo un contrato de 6 meses, si cojo la baja por maternidad por la seguridad social mi empresa tendría que pagarme cuando termine la baja hasta el fin de mi contrato o pueden despedirme .

Si a la fecha de finalización del contrato continúa de baja, pasa a pago directo por la mutua o INSS hasta la fecha del parto, en la que se inicia la prestación por maternidad.

Como la baja sería por riesgo, cuando se extinga la relación laboral sigue cobrando prestación y cotizando.

Por otro lado y como aderezo, dada la especial protección que tiene la maternidad, lleve su contrato a un abogado que le indique si su contrato de trabajo está en fraude de ley (que es posible) y llegado el caso del despido podría valorar que le reconozcan un despido nulo.

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