Piso vendido heredado, que hay que declarar para renta 2020?

Se muere mi padre hace 15 años y mi madre se hace cargo de todo, pagando los impuestos correspondientes.
Solo hay un piso de herencia y ella no nos dice nada a los hijos de que ésta se tenia que repartir, la mitad era de ella y la otra mitad para los dos hijos. Nosotros pensamos que ella era la única heredera y no nos informamos, puesto que mi madre siguió viviendo en el piso.
Yo vivia en el extranjero y no me preocupé por la herencia.
El año pasado, fallece mi madre y se valora su herencia, la vivienda habitual. Esto es la mitad del piso puesto que la otra mitad ya debíamos haberla heredado cuando falleció mi padre, cosa que no ocurrió.
Después de pagar los impuestos generados para recoger la herencia, hemos vendido el piso en el mismo año en que se puso a nuestro nombre como copropietarios.
Ahora viene el problema, en el impuesto de sucesiones valora el piso en 80000€ que es la mitad de la herencia que dejó mi padre. No hay nada que acredite que el piso suma la misma cantidad que mi madre puso cuando heredó de mi padre, un total de 160000€. Osea que para efectos fiscales, hemos heredado la mitad, por mi padre, 80000€ hace 15 años y de mi madre otros 80000. Pero se ha vendido por 180000€.
Solo podemos acreditar este ultimo valor de 80000€ heredado, por lo que hay 100000€ de diferencia con el valor en el que se ha vendido. Por lo tanto, tendríamos que pagar bastante por incremento patrimonial, cuando en realidad son 20000€.
No se que podemos hacer porque tenemos que hacer la declaración y con todo esto no sabemos que cantidad tenemos que poner, o si aceptan una cantidad sin justificante ...
En mi borrador de renta sale el piso como de mi propiedad por 95 dias en el año 2019, en cambio a mi hermano no le sale nada. En realidad pasaron 6 meses hasta que arreglamos los papeles de la herencia.
Perdonar si no lo he explicado bien. Si necesitais mas datos, preguntarme por favor y muchas gracias por vuestra ayuda.
Saludos.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les ayude con su caso concreto.

Las herencias se han de valorar a precio de mercado a fecha de fallecimiento, por lo que parece, no se asesoraron correctamente al heredar y ahora les tocará pagar.

Es muy habitual que el borrador tenga errores y que los días de propiedad sean desde que consta en Hacienda por haber hecho la aceptación de herencia, no desde el fallecimiento, que es lo que han de declarar.

Por lo tanto, tendrán que incluir y modificar estos datos en su declaración.

Buenas tardes, gracias por contestar tan rápido.

Agradezco su respuesta.

Ya nos habíamos planteado acudir a un abogado o gestor para ver que se podía hacer, pero antes queríamos informarnos como se tratan estos temas fiscales en cuanto a herencias de piso y su venta.

Lo que no entiendo es como podremos modificar e incluir los datos necesarios si no los tenemos.

¿Dónde pueden tenerlos para justificarlo?. podemos solicitar en algún estamento oficial una copia? en cual?

Este es el problema principal, que se reconozca que el piso vale lo que heredamos de nuestro padre más lo de mi madre y saber el valor real de la herencia total de los dos, para averiguar el porcentaje que hay que pagar por incremento patrimonial.

Otra pregunta más, como cuando falleció nuestro padre ninguno de los hermanos declaramos este incremento patrimonial porque no teníamos ni idea de que lo habíamos heredado, pensando que era nuestra madre la única heredera.

¿Qué nos puede pasar teniendo en cuenta que falleció en el 2005?

Muchas gracias de nuevo.

Por favor si alguien más nos puede ayudar, se lo agradecemos de antemano.

El incremento patrimonial se produce al vender, no al heredar o comprar. Al heredar se paga el impuesto de sucesiones.

Cuando usted heredan se hace una escritura de adjudicación de herencia, donde se da un valor a todos los bienes y los porcentajes y forma de propiedad que pasan a los herederos, por lo tanto, en esta escritura es donde están los valores.

Tendrán una de cuando murió su padre y otra ahora de cuando murió su madre. Pues sin hacer la adjudicación, ustedes no pueden vender al no ser propietarios.

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