Efectivamente si el vehículo sigue a nombre del anterior propietario ud no podrá darlo de baja ya que solo lo podría hacer el titular y ojo... sin seguro obligatorio en la calle estacionado es motivo de sanción así como las ITV. Su caso es mas que habitual.
En principio me imagino que en caso de que no hubiera complicidad por amistad entre gestoría y antiguo propietario, tan solo puede ocurrir que a ud verbalmente le dijera que el corría con los gastos y luego no lo hiciera y que la gestoría a falta de pago no cursara la documentación a la Jefatura Provincial de Tráfico.
Las denuncias penales tienen que verse en un contexto penal. El ir a G. Civil o Policía en este caso y aunque se la recojan, no le arreglará mucho, eso si, ante cualquier eventualidad rara siempre podrá demostrar que ud comunicó el hecho a las autoridades.
Mi pregunta es. ¿Tiene ud el contrato de compraventa?. ¿Está fechado y firmado por ambos?..., aunque no esté aún transferido. Si lo tiene y viendo que el anterior propietario así como la gestoría que supuestamente el contrataba no realizan la transferencia, diríjase ud a la Jefatura Provincial de Tráfico, consulte y verá que puede ud realizar UNA COMUNICACION DE VENTA INDICANDO QUE EL ANTERIOR PROPIETARIO SE QUEDÓ CON LA DOCUMENTACION Y SE DESHIZO DE SU RESPONSABILIDAD. Si lo puede demostrar, Tráfico puede registrar el vehículo a su nombre, (quizás "los dos", el de propietario y ud de tenedor) y consultar antes si con ello puede darlo de baja posteriormente. Igualmente puede sancionar al anteior propietario. Lo que está claro es que si no firman los impresos los dos, no habrá transferencia, por tanto ud debe de comunicar la VENTA DEL VEHÍCULO y no la transferencia ya que sin el anterior propietario no podrá ser. Consulte al funcionario esos detalles de si careciendo de documentación puede hacerse, (porque supongo se quedaría en aquella gestoría), o si el permiso temporal de la gestoría le es suficiente o incluso la copia de presentación de denuncia le serviría. Si la base principal es darlo de baja definitiva, de la misma forma consulte antes de que le coloque a ud como propietario en el nuevo P. de Circulación si puede proceder a la baja directamente y con ella entregar ud el vehículo posteriormente en lugar habilitado.
NOTA : Puede contactar con la gestoría y recordándole que ud tiene la primera autorización que ellos le dieron para circular, pondrá una queja si no lo solventan en el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid y ver por donde respiran y si no lo hacen proseguir con lo expuesto.
Un saludo.
Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid
Dirección C/. JACOMETREZO, 3 - 28013 MADRID - 915 411 213 - Fax 915 417938 [email protected] Web http://www.gestoresmadrid.org