Adquisición y/o pérdida del derecho al complemento a mínimos en pensión

En marzo de 2021, me jubilaré. Mi pensión será de unos 270 €, por lo tanto, entiendo, que me asiste el derecho de que se me reconozca el llamado complemento a mínimos, pasando a cobrar más de 600 €.

El caso es que tras el fallecimiento de mi madre, tenemos, mis cuatro hermanos y yo, la que era su vivienda y queremos venderla.

Mi pregunta, en dos supuestos, es la siguiente:

1.-¿Si la vendemos este año, 2020, y tras la Declaración de la Renta, tendría derecho en tras mi jubilación en marzode 2021 a la concesión del complemento a mínimos?

2.- ¿En el caso de no haber vendido aún la vivienda, y, por tanto, que me hubiesen concedido el citado complemento a mínimos, perdería el derecho a seguir percibiéndolo, siendo este ingreso un hecho puntual, pues tratamos de venderla, no de alquilarla?

Quedo a la espera de la respuesta de quienes me puedan ayudar.

1 respuesta

Respuesta

Pregúntalo en Servicios Sociales de tu Comunidad. Tendrás una respuesta correcta a tu caso.

¡Gracias! 

En los Servicios Sociales me remiten a la Seguridad Social y con el COVID es complicado que te atiendan. Alguien de Todoexpertos me puede ayudar? 

Estas gestiones son muy complicadas y llevan años realizarlas. Lo que te podamos decir por aquí es irrevelante pues falta mucha información. Habría que saber cuantos años trabajó en España, en qué época, y si puede demostrar haber cotizado; y lo mismo en México. Si México tiene convenio con España podría aspirar a que México y España asuman cada uno la parte proporcional de pensión calculada sobre las cotizaciones en ambos países.. Si no hay convenio, y trabajó menos de 15 años en España, puede aspirar a una pensión complementaria de los Servicios Sociales aquí pero van a tener en cuenta lo que cobra de México lo cual hace suponer que va a ser muy pequeña. Os aconsejo que, vistas las dificultades que conlleva el coranovirus pongáis el asunto en manos de un abogado aquí en España. Ya te he dicho, la cosa va para largo, complicada y de resultado incierto. De momento que piense en vivir de su pensión de México y de sus ahorros. Que no cuente con nada más, al menos los primeros años.

Ojalá alguien os de una opinión más esperanzadora.

Adenda: desconozco si el asunto de la herencia de esta casa puede obstacularizar el asunto. Debi insistir: poned el asunto en manos de un abogado.

No sé a qué te refieres con México. Soy español y siempre he vivido en España. La pregunta sigue vigente a ver si algún experto en Seguridad Social me puede ayudar. Gracias. 

Si vendéis era casa este ańo, en el 2021 no te van a conceder el complemento a mínimos, o sea cuando te jubiles. Tendrás que esperar a Enero de 2022 para solicitarlo pues lo que cuenta son los ingresos del año anterior. No has dicho si vives solo pues contarían siempre los ingresos de la “unidad familiar”.

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