Cese de actividad autónomos facturación 75%

Estoy mirando el Boe que acaba de salir para solicitar la prorroga de Octubre a enero

Y que el requisito de una reducción de la facturación de un 75% en comparación 4º trimestre 2020 y 2019.

Lo que ocurre es que el 4º trimestre exceptuando octubre es temporada baja, y en 2019 solo facturé 4316 euro.
Tengo un ingreso fijo y facturo 400 euro al mes, y dudo que vaya a tener más facturación aparte de eso.
Mi pregunta es, ¿cuándo se dice reducción en facturación se refiere solo a las facturas?

¿Osea el gasto de seguridad social no se tiene en cuenta?
Si lo entiendo bien para tener derecho a la ayuda solo podría facturar 1079 euro, ¿pero con los 400 euros fijo facturaré 1200 y no tendría derecho?

Si es asi, pues tendré ingresos de 400 y tendría que pagar la cuota de autónomo de 283 euro = ingreso 117

¿Qué me sugieren?

1 respuesta

Respuesta
1

Efectivamente, como usted indica, si no pertenece a uno de los sectores CNAE que están indicados en el BOE, usted ha de demostrar la reducción de facturación (ingresos).

Aunque hemos tramitado ninguno todavía, pues el BOE ha salido hoy, esta previsto que las mutuas le soliciten los modelos del IVA de esos trimestres, para demostrar la caída de ingresos.

Solo se tiene en cuenta en estos casos, la bajada de facturación (ingresos). Y si no cumple los requisitos, tendrá que devolver las ayudas y la posible exoneración de cuotas con recargo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas