En gananciales ¿Es posible aumentar la parte viuda por tener el fallecido un gasto elevado por estar en una residencia pública?

España. Matrimoen en régimen de gananciales, muere el marido que reside en una residencia pública durante siete años pagando el máximo. La mujer gasta mucho menos que el marido. La Diputación hace una valoración, previa entrada del fallecido en la residencia pública, con el fin de dividir el dinero líquido entre marido y mujer y con ello establecer un plazo en el cual el marido que residirá de forma permanente en la residencia tendrá que pagar la cuota máxima. Con ello se asegura que a la mujer no se le toca su parte de gananciales. Al fallecer el marido resulta que ha gastado por la cuota de la residencia el 80 % de sus bienes divididos por diputación, mientras que la cónyuge solamente el 25 % de los bienes. A la hora de hacer el inventario de los bienes del fallecido ¿puede tenerse en cuenta esta circunstancia?. Contamos con papeles oficiales, órdenes forales y facturas. ¿Al romperse la sociedad de gananciales sería posible que mi madre superviviente pueda disfrutar del dinero que ha ahorrado y por tanto seguir respetando la división hecha por la Diputación?

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto, las herencias son complejas.

Como no hay disolución de la sociedad ganancial, hasta el momento del fallecimiento, toda esa documentación que tienen no tiene una validez legal como tal, pues es documentación para los tramites y subvenciones de la residencia.

Por lo tanto, en nuestra opinión y con los datos facilitados, para la disolución de la sociedad ganancial que se realizará con la adjudicación de la herencia, se tendrá en cuenta el valor de los bienes al momento del fallecimiento, lo que incluyen las posibles cuentas bancarias.

Otra cuestión, es como se adjudique la herencia (dentro de lo marcado por la legislación) y las posibles renuncias o posteriores donaciones de los herederos a la madre usufructuaria de ciertos bienes, además de titular del 50% de su parte ganancial.

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