¿Puede una residencia privada apropiarse sin ningún tipo de derecho, de los bienes de un anciano cuando este a fallecido?

La pregunta que voy a exponer es bastante complicada, tenemos a una abogada que esta intentando aclararnos y solucionarlos el tema, pero le están poniendo las cosas muy difíciles y quisiera saber una opinión experta sobre esto.

Mi madre cuidaba de un anciano en Alicante, esta persona se encariño con mi madre y le dijo que si le ocurría algo quería dejarle en herencia todos sus bienes, mi madre en un principio se negó y continuo con el, unos meses más tarde el estaba en un comedor social y tubo la mala suerte de tropezar contra una pata de una silla y se rompió un brazo y unos huesos más. Mi madre estuvo con el en el hospital, todos los días pero no podía cuidarlo por que estaba muy delicado, entonces busco una residencia publica pero estaban todas cubiertas, encontró una residencia privada aparentemente buena y como era una urgencia, le dejaron ingresado allí.

Lo ingresó allí bajo el consentimiento de la residencia que sabia que ese hombre no ganaba más que 780 euros de pensión y ellos pedían 1200. Mi madre tubo que vender cosas de ese hombre para poder afrontar unos meses los pagos hasta que la solicitud de la plaza pública se le concediera y así se le informo a una asistenta social de la seguridad social.

En dos meses le concedieron una plaza pública, pero por sorpresa nos dijeron que ese hombre, el anciano no quería moverse de allí que estaba muy bien, nos impidieron convecerlo de cualquier manera, no pudimos hablar con el en privado y siempre estuvimos con la vigilancia de la residencia, nos enseñaron un papel firmado por el de que no quería irse, y por lo tanto no pudimos llevarlo a una pública y la plaza la perdió.

Entonces nos pidieron las llaves del piso, porque decía que el anciano quería o vender o alquilar el piso. En todo este tiempo el anciano también quiso darle la herencia a mi madre, y firmo ante notario y dos testigos (uno de ellos la asistenta social de la residencia) y mi madre quedo como heredera universal.

Tuvimos que dárselo todo, las llaves, los carnets del hombre sus cuentas corrientes todo, y ellos sabían perfectamente que con 780 euros y 350 euros de alquiler que finalmente consiguieron no llegaba a los 1200 que exigían, paso el tiempo y esta persona falleció.

Ahora nos vienen con que como mi madre es la heredera, les debemos unos 6250 euros de gastos, entre ellos nos dan una hoja impresa en folio, sin ningún justificante con una serie de gastos, hasta de taxi. El piso lo alquilaron ellos a través de una inmobiliaria conocida suya, la cual metieron allí a unas personas inmigrantes como unos 5 o 6 personas, al estilo piso patera.

Cuando falleció el hombre nos llamaron amenazándonos de que teníamos que pagar la deuda y como la íbamos a pagar. Entonces lo pusimos en manos de una abogada, les pidió justificantes y el contrato de arrendamiento, por que en las ultimas voluntades mi madre es heredera universal.

Le envían hace poco la misma hoja impresa en papel pero con un coste mayor 7500 euros, de ahí no se especifica, ni justifica de donde vienen. En los extractos de la cuenta corriente del hombre que falleció aparecen transferencias hechas directas a cuentas de la residencia.

Mi abogada no ha recibido, ni justificantes, ni contrato de arrendamientos, nada, había quedado con el abogado de la residencia y no aparece. Dice que de todo lo que ha visto y todo lo que ha hablado con ellos no saben ni en realidad lo que se debe. A todo esto nos dijeron que los inquilinos que están ahí no pagan, luego que pagan tarde, y finalmente en las hojas pone hasta el mes de septiembre que si pagaron sus 350 euros. Mi pregunta es:

¿Se debería denunciar? ¿Demandar? Que se puede hacer con esta gente si no nos dejan obtener la herencia que le dejo ese hombre, ¿por qué existen unas personas ahí que no quieren pagar ni irse?. A pasado ya bastante tiempo desde que ese hombre falleció, y hasta el presidente de la comunidad del edificio del piso de ese hombre dicen que pagaron la comunidad la residencia privada, se quedaron con todo el dinero que tiene en su cuenta.

El tema es complicado, pero en resumido nos piden ahora 7600 euros en vez de 6250, eso aparece en folios, no tenemos el contrato de arrendamiento, no sabemos si existe, y no quieren colaborar en nada, ¿qué debería hacer?

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Lo primero seguir los consejos que le de su abogado, que es quien mejor conoce el asunto.

Estos temas son complejos y han de tener en cuenta, que se heredan las deudas y los bienes... Normalmente en estos casos, se acepta a titulo de inventario. Pero también ha de tenerse en cuenta que puedan existir herederos legales y por lo tanto, hay que estudiar el testamento, por si no fuera conforme a la legislación nacional y de la Comunidad Valenciana.

Yo empezaría por solicitar fehacientemente los bienes y documentos de esta persona (como herederos) y un certificado de las deudas con sus correspondientes facturas y justificantes. Así mismo, hablaría con el banco y solicitaría el saldo a fecha de fallecimiento y los movimientos de la cuenta (para algunas cuestiones pueden ponerles pegas aun con el testamento). Y también hay que estudiar como se comunica a los inquilinos y en que momento...

Gracias por la respuesta, tenemos todos los documentos del señor ya fallecido, sus extractos bancarios, sus ultimas voluntades, y no existe ningún otro heredero, en estos extractos aparecen movientos un tanto extraños a diferentes cuentas, todas de la residencia de ancianos, yo me pregunto la ley, los jueces en el caso de juicio, pueden multar y condenar un ejercicio que están realizando la residencia sin justificación, sin el aval del ya fallecido hombre, ¿y sin informar a la que ahora es heredera mi madre?, quisiera ser claro quiero que esta gente que están trapicheando con bienes que no son suyos cumplan la ley y no lo están haciendo por tsnti deberían ser sancionados, ¿qué puedo hacer denuncio?

Desde el momento del fallecimiento, no puede o debe haber movimientos bancarios y estos hay que estudiarlos por si hay la existencia de algún delito. En determinados casos, son domiciliaciones y si son habituales es complicado que esto se considere un delito.

Ellos no tienen obligación de informales a ustedes, mas que del fallecimiento (pues entiendo que estarían como persona de contacto), en principio, pues mientras vivía si no hay una incapacidad, es la propia persona quien administra sus bienes. Un heredero, no se convierte en tal, hasta el fallecimiento y además al no ser familiar, si no lo dejo indicado esta persona, no tendrían ni porque darle información.

Tendrán que estudiar bien todos los datos y un abogado les dirá los posibles delitos y como proceder para denunciarlos. En determinados casos, si podrían haber cometido algún tipo de delito, pero hay que estudiar la documentación, el que y el como han actuado.

Muchas gracias de nuevo, somos conscientes de que no es una tarea fácil, no nos han facilitado el contrato de arrendamiento tampoco, ya tenemos el testamento notarial a favor de mi madre, pero si se niegan a colaborar, iremos con mucho cuidado, sin precipitarnos, pero ya hablamos con los inquilinos y dicen que si están pagando puntualmente, tienen los recibos y ese dinero del alquiler no se ve por ninguna parte, según la inmobiliaria amiga de la residencia no están pagando, esto puede terminar en juicio pero si llegáramos a ese punto, como usted bien dijo que sean con todas las de ganar, y que estén incumpliendo la ley gracias nuevamente

Volvemos a repartirle que se pongan en manos de un abogado que les ayude con todo.

En cuanto al alquiler, han de comunicar a los inquilinos el cambio de titularidad y la cuenta donde han de hacer los ingresos, si no le pagan, deberá presentar procedimiento judicial. Pero esto supone una aceptación tacita de la herencia y por lo tanto, deberían aceptar a titulo de inventario primero, para evitar sorpresas.

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