¿La cuota de colegio concertado se incluye en la pensión alimenticia?
Mi marido tiene un hijo de un matrimonio anterior, se divorciaron cuando el niño era un bebé.
Al cumplir los 3 años le apuntaron a un colegio concertado y desde entonces él, aparte de la pensión, le pasa la mitad de la cuota de ese colegio.
También le paga aparte uniforme, libros de texto y excursiones, pero en estos 3 casos sí pone específicamente en el convenio que se abonarán a mitad entre ambos progenitores.
Sin embargo, el convenio no refiere nada a esa "cuota" que pasan mensualmente los colegios concertados, por lo que yo lo entiendo como que no debería pagarselo ya que son gastos de educación y escolaridad y por tanto ordinarios e incluidos en la pensión.
La pregunta es, sabiendo que uniforme y demás sí debe pagarlos porque lo especifica el convenio a pesar de ser gastos de educación, ¿qué pasa con esa cuota que según la madre sí debe pagar porque él firmó también apuntarle a ese colegio? ¿Tiene ella razón o no porque el convenio no lo especifica y por tanto son gastos de educación incluidos en la pensión?
Por otro lado,¿El hecho que lleve 6 años pagándoselo influye?(¿Es decir ella podría tirar de doctrina de actos propios o no porque es algo que se ha llevado y no correspondía?)