Modelo 115 para darme de alta como autónomo

Tengo intención de darme de alta como autónomo en régimen de pluriactividad (actualmente estoy trabajando en una empresa) y esta actividad la realizaría desde la casa donde resido, de la cual no soy propietario ya que estoy viviendo de alquiler.

Tengo bastantes dudas respecto a la retención del IRPF por el alquiler de la vivienda. Una de las dudas que son tremendamente básicas pero que no tengo clara es la siguiente:

Al parecer (no tengo claro si ya en el proceso de alta o sólo en los trimestres posteriores) tengo que entregar el modelo 115 (modelo correspondiente a las retenciones de alquiler). Según he leido lo deben presentar todos aquellos autónomos que estén de alquiler en un local para desarrollar su actividad.

Según he leido, una opción para no presentarlo sería obtener por parte del propietario un certificado de exención de retención en el alquiler.

Mi duda es que básicamente no se en que me beneficiaría pedir este certificado a mi casero (más allá de evitar tener que rellenarlo). Y en esta misma línea, si me perjudicaría de alguna forma el hacerlo. Y es que aunque esta última pregunta suene estúpida, no tengo claro que pasa con todo este asunto del IRPF en relación a mi caso.

Por otro lado intentando aclarar algo las ideas he topado con una explicación básica de cómo funciona este caso, pero tengo una duda sobre el mismo:

La retención es un adelanto por parte de contribuyente que le realiza a la Hacienda, mediante unos ingresos que constituyen una entrega a cuenta de la Liquidación Final (Declaración). El contribuyente declara unas rentas por las que aplicando las normas fiscales le corresponde pagar una Cuota Tributaria a la que se le deduce las entregas a cuenta que dicho contribuyente ya ha ingresado mediante retenciones o pagos a cuenta, quedando una Cuota Liquida a pagar en el momento de la Declaración o a devolver si las entregas a cuenta han superado la Cuota Tributaria.

En concreto, cuando presentas un recibo del alquiler, tienes un precio Base que es la renta que tu le cobras al inquilino, este importe Base son tus ingresos a declarar como renta y a cuenta de estas rentas el inquilino te ingresa el % de retención a tu nombre en la Hacienda, para que en tu Declaración final tu puedas tener como ya pagado a cuenta estas retenciones.

Naturalmente el inquilino que debe ingresar estas retenciones en la Hacienda te las descuenta del recibo ( Una parte te lo paga en efectivo y la otra te lo ingresa a tu nombre en la Hacienda).

Este último párrafo me deja ya completamente KO.

¿Debo ingresar la retención del IRPF? Yo creía que ese impuesto ya estaría pagado en el total que pago por el alquiler..

¿De qué recibo me habla del cual tengo que descontar un dinero a mi casero?

Es que no entiendo nada...

Si por favor alguien me puede ayudar a ver un poco de luz en este asunto se lo agradecería.

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Si usted tiene un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, sus pagos no tienen IVA o retención, y en muchos contratos de prohíbe realizar actividad económica.

Dependiendo del porcentaje de vivienda dedicado a la actividad que se declare en el modelo 036-037, tiene que pactar con el propietario para que le emita factura con IVA y Retención.

Esa retención es un dinero que se paga directamente en Hacienda mediante el modelo 115, en lugar de al propietario.

Les agradezco la respuesta. Respondo también a sus comentarios:

- En relación al primero de sus comentarios, tienen ustedes razón y les agradezo el consejo. He pedido cita para poder gestionar el alta en un PAE.

- En referencia al contrato de alquiler, hablé en su momento con el propietario del piso y no tiene inconveniente alguno en que realice una actividad económica en el domicilio (tampoco hay ninguna referencia a la prohibición del mismo en el contrato).

- Cuando me comentan que la emisión de la factura con IVA y retención depende del porcentaje de vivienda dedicado, ¿existe alguna tabla donde se recojan ambos datos? de todas formas en mi caso sería de un 28.7%.

- Entiendo entonces que si debo presentar el modelo en Hacienda, dejaría de tener que pagarle el IRPF a mi casero y por lo tanto debería aclarar con él cual es la cantidad de dinero que debo dejar de ingresarle mensualmente para hacerlo de forma trimestral con este modelo a Hacienda. ¿Es esto correcto o me estoy equivocando en algo? (no tengo claros conceptos bastante básicos en este campo).

Les agradecería me contestaran a estas dudas que me han surgido a raíz de sus comentarios, así como el tiempo y atención que están prestando a mi caso.

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Muchos propietarios no están dispuestos a darse de alta en Hacienda, presentar declaraciones de IVA y que se les retenga un importe por el IRPF, por lo tanto, es lo primero que ha de hablar.

En cuanto al porcentaje, será el que usted acuerde, que debe estar en función del espacio dedicado a la actividad económica. Esa parte ha de recibir una factura del propietario, con IVA y retención.

Efectivamente, la retención funciona que usted no paga ese porcentaje al propietario y lo ingresa directamente en Hacienda.

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