Puede el presidente de una comunidad ejercer el cargo teniendo deudas con la misma

Puede el presidente de una comunidad ejercer el cargo de presidente te niendo deudas con la comunidad

4 Respuestas

Respuesta

Coincido con la mayoría de compañeros anteriores el cargo es obligatorio por ley y si puede ser presidente. Esto plantea un problema a la hora de denunciar al moroso puesto que seria el presidente el representante de la comunidad en caso de realizar monitorio y a la vez seria el denunciado por su deuda, por lo demás no habría ningún inconveniente.  Art. 13.3 LPH

En caso que por algún motivo no quieran que esta persona sea presidente deberían tratarlo en junta de propietarios y elegir por mayoría a otro propietario para que ejerciera de presidente, si ya se ha elegido seria convocar junta para quitarle, y si todavía no se ha elegido seria en la junta de nombramiento presentar otro voluntario que sea votado por la mayoría de los presentes. Art. 13.2 LPH

Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal, pinche encima de donde figura Ley de propiedad Horizontal.

https://optimizo.es/ley-propiedad-horizontal-madrid 

Respuesta
1

Si. Lo que no tendría es voto en la junta.

El presidente o bien lo eligen los vecinos o se instituye por orden preestablecido.

El problema es si en la última junta se han aprobado las cuentas de el como deudor y se ha pedido al presidente que inicie las acciones legales contra los deudores.

Ahí habría un conflicto de intereses particular.

Si la deuda es posterior a su mandato, esperad a la nueva junta, poned nuevo presidente y reclamad.

Respuesta

Entiendo que no. Tendría que convocarse una asamblea extraordinaria (pueden convocarla los copropietarios) para tratar este asunto. Por descontado que él no tendría derecho voto.

Respuesta

Sí puede. De hecho, si no fuera así, sería fácil librarse de ejercer el cargo, que es obligatorio. Más de uno aprovecharía esa "escapatoria" cuando le tocase el turno.

Ahora bien, como bien indica el Sr. Jota Ig Ro, en caso de emprender acciones legales contra el deudor, existiría un conflicto. Pero si la Comunidad tiene un Administrador al margen del Presidente, ese conflicto desaparece.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas