Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.
Que usted tenga doble nacionalidad, no es importante, lo importante es la residencia fiscal.
Por su pregunta, podemos interpretar que es residente Fiscal en España. Por lo tanto, ha de constar como no residente en la escritura de venta del inmueble en Argentina y si a usted la ingresan directamente en una cuenta de España, ha de constar esta cuenta bancaria que ha de ser de su titularidad en la Escritura.
Por la venta, tendrá que pagar los impuestos que le correspondan como no residente en Argentina y luego declarar en España acogiéndose al convenio para evitar la doble imposición (descontará lo pagado en Argentina en su RENTA de España).
El primer problema que puede tener es si usted estaba obligada a presentar el modelo 720 de bienes en el extranjero y no lo hizo. Y además, como norma general, ha de imputar una renta por la vivienda en Argentina o declarar el beneficio del alquiler en su RENTA de cada año.
La entidad financiera Española, le puede solicitar documentación acreditativa de la venta y haber pagado los impuestos correspondientes, por lo tanto, es posible que tenga que aportar las escrituras de venta y los impuestos pagados, en aplicación de la legislación de prevención de blanqueo de capitales.